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martes, 27 de enero de 2026

Sobre la sentencia que anula la decisión de retirar a José María Pemán el título de Hijo Predilecto de Cádiz


Hace unos días el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía hizo pública la anulación del acuerdo plenario del Ayuntamiento de Cádiz, de diciembre de 2021, por el que se retiraba a José María Pemán el título de Hijo Predilecto de la ciudad, que le fue concedido en 1955. En la sentencia se hace alusión a que el acuerdo, que se había basado en la ley de Memoria Histórica, no estuvo ajustado a derecho, ya que carecía de la motivación necesaria.

Fue en 2015 cuando la figura de José María Pemán volvió a salir a la palestra, después que el pleno del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera decidiera retirar el busto del escritor situado en el Teatro Villamarta de la ciudad. Por ese motivo escribí el artículo "¿Fue Pemán fascista, misógino y asesino?" (también publicado, entre otros, en el diario digital Rebelión), en el que mostraba mi apoyo a esa decisión y argumentaba los motivos por los que lo hacía.

Con anterioridad al inicio de la Guerra Española José María Pemán se mostró como un intelectual monárquico, de corte autoritario y católico integrista. Eso supuso que apoyara la dictadura primorriverista y que luego mostrara su oposición a la II República. Iniciada la guerra en julio de 1936, apoyó desde el primer momento al bando sublevado. Y así se expresó al poco del golpe militar desde los micrófonos de Radio Jerez:

"Una guerra, que por dura que sea, yo os digo que era necesaria y conveniente (...). La idea de turno político ha sido sustituida para siempre por la idea de exterminio y de expulsión, única válida frente a un enemigo que está haciendo en España un destrozo como jamás en la Historia nos lo causó ninguna nación invasora".

En octubre asumió la presidencia de la Comisión de Cultura y Enseñanza, que tenía por entonces rango de ministerio, y en 1937 se afilió a FET y de las JONS. Desde la citada Comisión ordenó, entre otras cosas, todo lo referente a la depuración de buena parte del personal docente en todos sus niveles. De una instrucción de octubre de 1936, y firmada por él, salieron palabras como éstas:

“Es necesario garantizar a los españoles, que con las armas en la mano y sin regateos en los sacrificios y sangre salvan la causa de la civilización, que no se volverá a tolerar, ni menos a proteger y subvencionar, a los envenenadores de! alma popular primeros y mayores responsables de todos los crímenes y destrucciones que sobrecogen al mundo y han sembrado de duelo la mayoría de los hogares honrados de España”.

Fue autor del apocalíptico Poema de la Bestia y el Ángel, publicado en 1938, entre cuyos versos pueden leerse loas al imperio pasado y al Franco incipiente, la omnipresencia del catolicismo, la misoginia hacia las "rojas", una alusión al Führer...:

"Y este que nace es año milenario
de espantoso terror. El viejo duelo
de la Nada y el Ser, como en el cielo
antes del Tiempo, como en el Calvario
en mitad de las horas, ha encendido
su batalla de nubes y de estrellas.
Se desatan las fuentes de los males.
Tornan, crujientes, las elementales
potencias a sus duelos y querellas.
El año es de porfías
y es de muerte su signo,
quieren tapar como en lejanos días
las alas puntiagudas del Maligno
los ojos de jacinto del Mesías.

(...)

Se da tierra a los huesos de Monte Arruit. Es la hora
de los nuevos romances y del épico afán.
La sonrisa de Franco se adelanta a la aurora:
y la mañana dora su espada en el Uisán.

(...)

Así gritan, al fondo de la calleja oscura,
los bramidos de las fieras,
de mil hombres borrachos de locura
y mil sucias rameras,
en furia de sexo hambriento y sin ternura.

(...)

'A ti te toca España';
ha escrito con palabra de trueno el Señor.

La gran lección de España fue aquella de sentarse
sobre las piedras milenarias y
las tumbas: y estarse allí consigo mismo y Dios.

Y ahora este Viejo Mundo del Occidente, empieza
a embridar sus corceles, y a darle la razón.

El César se sentado bajo el arco de Tito,
el Füher se ha metido por las selvas adentro.

(...)

Libertad y Realeza; Jerarquía entre hermanos;
cetro florido en rosas… ¡eso es ser español!".

Las reacciones sobre la sentencia del TSJA no se han hecho esperar. Desde la derechona, como es lógico, sienten satisfacción. Desde la izquierda, sin embargo, se habla de una judicatura que actúa con  parcialidad, de escándalo, de mirar para otro lado... 

Y por mi parte, me quedo con lo que escribí en 2015:

"Decir que José María Pemán fue un fascista, teniendo en cuenta su participación activa en el bando sublevado durante la Guerra Civil y, al menos, durante los primeros años de la postguerra, resulta evidente. Decir que fue misógino, tampoco resulta errado. ¿Y asesino? Lo que no se puede hacer es negar la responsabilidad que tuvo como partícipe de las decisiones políticas desde su puesto de miembro de la Comisión Técnica del Estado y como propagandista de quienes provocaron esos años de plomo y sangre. Sobre sus méritos literarios, que cada cual los disfrute, si es que puede".

sábado, 16 de diciembre de 2023

Entre las más que suspicacias y las cosas sucias en el mundo judicial


Noto al mundo de la judicatura muy revuelto. En sus alturas no soportan que se hable de quienes forman parte de él y de sus decisiones, aprovechando cualquier ámbito para lanzar sus proclamas. Entre sus filas han llegado a salir a las puertas de los juzgados para manifestar su malestar cuando empezó a nombrarse lo "lawfare", la forma fina de lo que no es otra cosa que guerra sucia judicial. Hablan de agresión al principio de separación de poderes. Porque, dicen, se critica muchas de sus decisiones y se alude que en muchos casos resulta más que sospechosas determinadas actuaciones y sentencias. Noto, sin embargo, poca o ninguna autocrítica. Y los casos saltan a la vista. Veamos algunos ejemplos. ¿Qué han tenido que que sufrir Antonio Rodrigo Torrijos y José Manuel García, concejales de IU en Sevilla, después de doce años imputados por corrupción, cuando, por fin, vieron en enero pasado que quedaban absueltos? Un caso claro de d
año personal y de daño político para su grupo ¿Y qué ha pasado con la conocida jueza que estuvo detrás de las acusaciones? En vez de dimitir quienes forman el Consejo General del Poder Judicial, siguen anclados en él pese a los 5 años de caducidad. ¿Acaso eso no es una agresión al principio de separación de poderes? El "caso Neurona" contra la dirigencia de Podemos y las acusaciones de corrupción por apropiación indebida de fondos electorales: archivado después de tres años de investigación; un caso más con la misma suerte. ¿Tanta saña judicial para dañar a ese grupo político? Lo ocurrido con Ada Colau: una jueza acaba de archivar ¡15 querellas! interpuestas por un grupo de inversión; habían sido aceptadas previamente por quienes las instruían, hasta el punto que en una de ellas se vio obligada a declarar dos meses antes de las elecciones municipales de este año. ¿Acaso eso es, por parte de de quienes instruían los casos, una actuación adecuada? ¿Afectó a los resultados electorales? El espionaje policial a David Fernández, ex dirigente de la CUP, con el consentimiento de la Audiencia Nacional, bajo la acusación de formar parte del "tsunami democratic" y, por tanto, de terrorismo. ¿Eso qué es?

miércoles, 1 de febrero de 2023

Acto de reconocimiento y desagravio a Antonio Rodrigo Torrijos y José Manuel García


Antonio Rodrigo Torrijos y José Manuel García han resucitado. Inmersos en varios procedimientos judiciales instruidos por la jueza Mercedes Alaya, quedaron, por fin, absueltos el pasado 10 de enero, después que hace dos meses el fiscal retirara los cargos en el último de ellos. Habían sido concejales por IU en el Ayuntamiento de Sevilla y habían sido acusados de varios delitos de corrupción, siendo el caso más conocido el relacionado con la gestión de Mercasevilla. Han sufrido lo indecible como víctimas de unas acusaciones falsas, de un comportamiento más que sospechoso por parte de la jueza, de unas prácticas mafiosas en los medios del PP sevillano... El colofón político tuvo lugar
 en 2011, previas filtraciones interesadas desde medios judiciales, con la llegada a la alcaldía de la capital andaluza de Antonio Zoido. Con él se cortó una trayectoria de medidas progresistas para la ciudad en las que los concejales de IU jugaron un papel importante. Como a principios de diciembre del año pasado declaró Torrijos en distintos medios  de comunicación, se estaba llevando a cabo una transferencia de rentas desde las más altas a la más bajas, con viviendas sociales, bonobús solidario, piscinas públicas, carriles bici... Y todo eso se cortó en 2011 con la llegada del PP al gobierno municipal, que, por suerte, sólo duró cuatro años. Pero quedó el daño personal para los concejales afectados y también el político para IU. Por todo eso han dicho que "casi nos han matado, pero no nos han vencido". Y por todo eso han calificado lo ocurrido de "cacería política". O de "caza de brujas", como señaló Juan Torres el pasado 13 de enero en un artículo esclarecedor publicado en CTXT.  Ayer recibieron un acto público de reconocimiento y de desagravio. Se lo han merecido y más.

(Imagen: Mundo Obrero).

miércoles, 16 de noviembre de 2022

¿Inseguridad jurídica... o esa inseguridad judicial que no cesa?

La conocida como ley del "sólo el sí es sí" está en el punto de mira. La derechona política, judicial y mediática se han lanzado al ataque. Contando, una vez más, con la colaboración de sectores del PSOE (los García Page o Fernández Vara, la Robles...). Nada nuevo. Empero, por ahora, Pedro Sánchez se ha posicionado a favor de defenderla. Y la excusa ha nacido de las revisiones que se están haciendo de algunas sentencias judiciales sobre casos de violencia sexual contra las mujeres. Si hasta su aprobación la derechona fue a saco contra su contenido, ahora utiliza errores técnicos. Y, lo que quizás sea peor, se olvidan que la clave está en quienes deben aplicar la ley. Con la ley anterior, por ejemplo, hubo sentencias escandalosas que banalizaron o negaron la violencia sexual. Ocurrió, por ejemplo, con la primera sentencia, la de la Audiencia de Navarra, del caso conocido como "la manada", voto particular incluido de un juez que escribió lo del "jolgorio"; o con la de los dos policías locales de Estepona. Y ahora, de pronto, salen nuevas sentencias, basadas ya en la ley recién entrada en vigor. Hablan que se ha generado inseguridad jurídica. Ya, más de lo mismo. ¿No será que lo que sigue existiendo es inseguridad judicial para las mujeres?

domingo, 13 de noviembre de 2022

Un sello, una jueza y una asociación, ante la Centenario del PCE

Correos había decidido que un sello reflejara los 100 años de vida del Partido Comunista de España (1921-2021), pero, de momento, la cosa se ha paralizado. La magistrada Carmen Casado, del juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ha impedido que podamos adquirir el sello. Una medida cautelar, según el auto emitido. Atendiendo a la demanda presentada por la asociación Abogados Cristianos. Una jueza que ha sido un cargo de la administración durante el mandato de Mariano Rajoy. Y una asociación que hace gala de los valores del nacional-catolicismo.


Post data

La entrada ha sido reproducida, con fecha de 14-11-2022, en el periódico digital La Crónica de Salamanca. Mi agradecimiento a mi amigo Chema, que tomó la iniciativa de enviarla.

jueves, 19 de mayo de 2022

¿Es la justicia española una lotería?

Tengo la sensación que el mundo de la justicia española es como una lotería. Dependiendo de qué miembro del aparato judicial te toque, puedes verte protegido o desprotegido. Es cierto que en una buena parte estamos ante un colectivo de profesionales conservador, cuando no reaccionario. Una circunstancia que condiciona buena parte de las actuaciones, bien sea desde la fiscalía o bien lo sea desde quienes imparten directamente la justicia y toman las decisiones últimas. Veamos dos ejemplos. 

El primero, el de María Salmerón, al quien hace unos días me referí por habérsele denegado el indulto y a la que se acaba de instar que entre en prisión en el plazo de dos semanas. Condenada por defender a su hija ante una decisión judicial que le obligaba a visitar a su padre, éste, que había sido condenado por malos tratos, nunca entró en prisión. A eso hay que añadir que con la ley actual no se podría obligar a que un hijo o una hija de una mujer maltratada visitara a su padre, por lo que el motivo de la condena habría desaparecido.

El segundo ejemplo tiene que ver con Celia Mayer y Carlos Sánchez Mato, miembros del gobierno municipal por Ahora Madrid entre 2015 y 2019 que fueron denunciados por el PP madrileño bajo la acusación de malversación de fondos públicos y prevaricación. Ante las sospechas de corrupción en la gestión llevada a cabo durante el mandato municipal Alberto Ruiz Gallardón en el Open der Tenis de la capital, encargaron unos informes jurídicos externos. Ahora la Audiencia Provincial de Madrid ha exonerado a Mayer y Sánchez Mato, considerando que "actuaron con la única finalidad de proteger los intereses públicos" y, además, ha determinado que desde el PP se ha actuado con "temeridad y mala fe", por lo que tiene pagar las costas del procedimiento. 

Y son sólo dos ejemplos.

viernes, 6 de mayo de 2022

La asimetría judicial en el caso de María Salmerón y su hija

María Salmerón está a punto de entrar en la cárcel. No lo hizo en su día quien fuera su marido, que fue condenado por maltrato. Pero sobre ella la Justicia está siendo implacable por haberse opuesto a respetar el régimen de visitas que se le impuso a su hija, que, siendo menor, no quería estar con su padre, del que tuvo que soportar por ello situaciones más que desagradables. Estamos ante una asimetría judicial, que hace que dos víctimas, la madre y la hija, tengan que sufrir una flagrante y cruel humillación por parte del exmarido/padre maltratador. Con la ayuda de los sucesivos eslabones de la cadena del aparato judicial (una jueza fue la que la condenó en su día) que han participado. También, con la actitud de indiferencia que han mostrado tanto la ministra de Justicia como el ministro del Interior. Y, por último, por el Gobierno, que, pese a la oposición de la parte de Unidas Podemos, tampoco ha sido capaz de concederle el indulto. 20 años de sufrimiento, que la propia María ha definido como de "tortura institucional". Es la Justicia del patriarcado. 

domingo, 24 de octubre de 2021

Lo que se razona en medios jurídicos sobre la retirada del acta de diputado a Alberto Rodríguez

He leído con detenimiento el artículo "La doctrina 'Alberto Rodríguez'", de Isabel Elbal y que hace dos días salió en el diario Público. Se trata de una experta jurista en materia de derecho penal, como abogada de profesión y como profesora que ha sido en el Centro de Estudios del Colegio de Abogados de Madrid. En su razonamiento, empieza poniendo en entredicho la propia condena contemplada en la sentencia contra le diputado canario de Unidas Podemos: "el Código Penal no prevé ninguna pena inferior a 3 meses de prisión: estamos ante una no-pena, una pena inexistente, por tanto, una pena imposible". Más adelante dice que, pese a ello, la condena por inhabilitación especial sólo afectaría al sufragio pasivo, es decir, al derecho a ser elegido durante el tiempo de privación de libertad, que podría haber sido, pero que el condenado sustituyó con el pago de una multa, tal como ofrecía la propia sentencia como pena accesoria. Estamos, pues, ante un retorcimiento del Derecho, de manera que, continúa Elbal, "¿Cómo se puede ejecutar una no-pena, una pena prohibida [en el Código Pernal]?".

No le ha faltado tampoco referirse al episodio sucedido en el Congreso, sobre lo que Elbal se muestra contundente: "más inquietante es, si cabe, el oficio que el Tribunal Supremo ha remitido a la Mesa del Congreso para que se aplique la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, con el fin de que el diputado pierda su escaño. Se está solicitando que aplique un concepto inventado para el propio president Torra: "la inelegibilidad sobrevenida". Término oscuro, ambiguo y producto del voluntarismo de quien pretende alterar la composición de la Cámara legislativa". Y yendo más allá, considera que se ha producido una extralimitación por parte de un órgano judicial sobre el parlamentario. Algo que desgraciadamente ha sido aceptado y aplicado por la propia presidenta del Congreso

Para Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional jubilado, la consulta que la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, hizo a Manuel Marchena, presidente de la Sala de lo Penal del tribunal Supremo, fue anticonstitucional. Esa consulta se debió al descuerdo existente entre el escrito enviado por Marchena a la mesa de la cámara baja para que informa si se estaba dando cumplimiento de la sentencia contra Alberto Rodríguez y la decisión tomada tanto por la asesoría jurídica de la citada cámara y la mayoría de su Mesa, que interpretan que no procedía retirar el acta al diputado canario de Unidas Podemos. Para Pérez Royo, como ha expresado en su artículo "La consulta anticonstitucional de Batet", publicado en elDiario.es: "De la misma manera que las Cortes Generales pierden el control de la ley una vez que ah sido publicada en el BOE, el juez o tribunal pierde el control de la sentencia que ha dictado una vez hecha pública".

En el mismo sentido se expresó ayer el juez Joaquim Boch, miembro de Jueces y Juezas para la Democracia, asociación en la que ejerce como uno de sus portavoces. Considera que la sentencia dictada contra Alberto Rodríguez puede tener dos tipos de efecto: uno, directo, relacionado con el ámbito judicial; y otro, indirecto, con el  parlamentario. Por ello, la inhabilitación afectaría al derecho de sufragio pasivo durante el periodo de mes y medio por el que fue condenado (con la posibilidad sustitutoria del pago de una multa, que ya ha sido efectuada), esto es, al derecho a ser elegido en unas elecciones, pero no tendría repercusión en su acta de diputado, que no debería ser retirada.  

Finalmente José Antonio Martín Pallín, que fue miembro del Tribunal Supremo, ha sido rotundo en el mensaje enviado ayer a través de las redes sociales. Parte de la misma sentencia, contaminada por una falta de imparcialidad, obviando lo que le ha seguido: "No haca falta ser un experto jurista, basta con saber leer nuestro Código Penal para llegar a la conclusión de que Alberto Rodríguez no debe ser condenado a ninguna pena de privación de libertad. Nos encontramos ante una rechazable aplicación del Derecho Penal de autor, inadmisible en una sociedad democrática. Rompe, de manera inadmisible, con el principio de presunción de inocencia. Tenemos una justicia 'ideologizada' porque algunos jueces trasladan su ideología a sus sentencias. Tenemos una justicia 'política' porque algunos jueces tratan de obtener objetivos políticos a través de la justicia". 

jueves, 7 de octubre de 2021

La condena a Alberto Rodríguez, una forma de criminalización de la protesta social (¿y algo más?)


El diputado canario de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez, ha sido condenado por la sala de lo Penal del Tribunal Supremo un mes y medio de cárcel y el pago de 540 euros de multa por el delito de atentado a agentes de la autoridad. Eso supondrá, a su vez, 
 su inhabilitación temporal como miembro del Congreso durante el tiempo de condena. El motivo que lo ha propiciado data de 2014, cuando fue acusado por un agente de la Policía Nacional de haberle propinado una patada en la rodilla, durante un acto de protesta por la visita del ministro de Educación José Ignacio Wert a la ciudad tinerfeña de La Laguna. 

Siguiendo la información facilitada por Público, en la que también puede leerse la totalidad del fallo judicial, la condena se ha basado exclusivamente en el testimonio del agente involucrado, en el que no pormenorizó otros detalles sobre lo ocurrido. Existe también una contradicción con la declaración hecha por un superior suyo, presente en los hechos, que ha manifestado que ni vio la patada ni tampoco al acusado. Tampoco los sanitarios que lo atendieron dejaron constancia en su momento de que hubiera habido lesiones. 

Llama la atención, dentro del cúmulo de incongruencias, que la comunicación oficial de las diligencias contra Alberto Rodríguez hubiera tenido lugar varios meses después de lo ocurrido. Precisamente ésa ha sido la razón por la que la Sala, presidida por Manuel Marchena, haya considerado como un atenuante en la condena, dada la existencia de "dilaciones indebidas".

La sentencia ha contado con el voto particular de dos miembros de dicha Sala, quienes, partiendo de la afirmación del agente y la negación del acusado, consideran: "Es posible que sucediera. No estamos en condiciones de descartarlo. Pero existen también otras múltiples posibilidades, igual o parecidamente probables". A lo que añaden: "Es plausible que el agente pudiera haberse equivocado en la identificación". 

Lo más previsible es que el actual diputado de Unidas Podemos recurra la sentencia ante el Tribunal Constitucional, algo que, por otra parte, manifestó en su alegato final durante el juicio y en varias declaraciones ante los medios de comunicación. Incluso, si tuviera que suceder, lo haría ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Pero la cosa no queda ahí, pues en el texto de la sentencia se ha criticado esa advertencia, por considerarla "inapropiada".   

Estamos, pues, ante el enésimo caso de una justicia que sigue dictando sentencias contra personas que participan en las luchas sociales y sufren distintas formas de represión desde instancias ya sean policiales, administrativas o judiciales. Un episodio más de la criminalización no tanto de la protesta en sí misma, como de la que tiene un carácter social, cuando no propiamente política si se trata de personas pertenecientes al campo progresista. 

Estamos viendo cómo las protestas que se llevan a cabo desde los medios de la ultraderecha gozan de una clara impunidad, tanto si contienen comportamientos violentos como si ponen de manifiesto la xenofobia, la homofobia, la transfobia... También, aunque sea de otra índole, no dejamos de sorprendernos de la facilidad con la que delincuentes de alta alcurnia salen de rositas a la hora de cometer delitos económicos en cualquiera de sus formas...

Para el jurista Joaquín Urías, autor del artículo del artículo "La Policía siempre tiene razón y si no, la justicia se la da", sentencias como la sufrida por Alberto Rodríguez, "transmiten sin pudor un mensaje claro e inquietante: los excesos de la Policía no se van a juzgar y las acusaciones de la Policía van a ser siempre la verdad".

(Imagen: https://www.elespanol.com/espana/tribunales/20211007/alberto-rodriguez-pierde-condena-supremo-agredir-policia/617688406_0.html).

lunes, 4 de octubre de 2021

Llarena, ¿cuántos varapalos llevas en Europa?

Eso me pregunto, porque el hombre no deja de recibir, uno tras otro, varapalos en los medios judiciales de diferentes países europeos: Bélgica, Alemania, Suiza, Reino Unido... Y ahora, Italia, donde se ha decidido que no procede la extradición de Carles Puigdemont, porque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea aún no ha tomado una decisión. Pablo Llarena es una muestra más del mundo judicial que nos rodea en España y que actúa con arreglo a unas pautas que, presumiendo de independencia, rezuman ranciedumbre. He negado siempre que el poder judicial no sea político. ¡Claro que lo es! Y porque lo es, al decidir sobre lo que los otros dos poderes políticos ponen en práctica, su acción influye sobre los hechos de la vida, donde hay conflictos y sobre ellos hay que actuar. El poder judicial no debe ni dificultarlos ni aumentarlos, sino ayudar a resolverlos, como deben hacer los otros dos. Con jueces como el señor Llarena sólo cabe esperar que la cosa vaya a peor. El papelón que está haciendo en sus actuaciones allende las fronteras no hace más que llevarlo al ridículo. Y así nos va.

viernes, 24 de septiembre de 2021

Otro revés para la justicia española, con Carles Puigdemont de nuevo como protagonista

En este país donde vivimos no se para de repetir lo de la independencia del poder judicial, que hay que dejar actuar a la justicia, que estamos en un estado de derecho... Monsergas, después de lo que estamos viendo continuamente. Lo último, el enésimo recurso contra Carles Puigdemont. Detenido a instancias de las autoridades españolas ayer en la isla de Cerdeña, que forma parte del estado italiano, acaba de ser puesto en libertad. La justicia belga, alemana, británica, suiza y ahora la italiana no han dejado de rechazar, una tras otra, las peticiones hechas desde España pata detener a las personas que salieron de España tras las actuaciones judiciales consecuencia del procès. Desde las instancias comunitarias la cosa no le va mejor a la justicia de este país nuestro. Juristas españoles de prestigio siguen hablando de ridículo. Y de lo propiamente político, ¿qué podemos decir? Sigue instalada, sobre todo en los partidos de la derecha, la idea de que sólo sirve la mano dura para resolver los problemas políticos. Una parte importante de los poderes del estado, entre los que se encuentran sectores de la justicia, siguen manteniendo una postura retrógrada, enfermiza y antidemocrática. Pese a ello, una percepción de una buena parte de la sociedad española es que la justicia, como ocurre con otras instancias del estado, es claramente parcial. Lo que explica que el rey emérito siga libre de toda  carga en su retiro dorado en el paraíso de los Emiratos Árabes. Que dirigentes y cargos del PP, así como de su entorno, se mantengan impunes en los casos de corrupción. Que se siga exonerando de delitos de todo tipo a las grandes empresas. Que hayan gente que tenga que soportar sentencias fuera de todo criterio de justicia en situaciones de desahucios, de agresiones y crímenes contra mujeres, las personas de los colectivos de LGTBI e inmigrantes... El país nuestro de cada día. ¡Ay!       

(Imagen: portada del diario italiano La Repubblica). 

jueves, 26 de agosto de 2021

Otro varapalo de los organismos internacionales al Tribunal Supremo por la condena a Baltasar Garzón

El que fue hasta 2012 magistrado de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, ha recibido una buena noticia: el Comité de Derechos Humanos de la ONU, con sede en Ginebra, ha dictaminado que el juicio por el que ese mismo año fue condenado por el delito de prevaricación y, como consecuencia, apartado de la carrera judicial no tuvo las garantías necesarias. Fue por ello injusto y su sentencia, arbitraria. Una resolución, como tantas otras, que sitúa en entredicho a la Justicia española, al poner de relieve las enormes deficiencias que tiene los distintos miembros del aparato judicial y, en el caso que nos ocupa, de los órganos superiores. Una prueba más de las razones por las que el PP está bloqueando la renovación del Consejo General del Poder Judicial.

Por aquellos días de febrero de 2012 dediqué a la sentencia emitida por el Tribunal Supremo la entrada "La delincuencia de cuello blanco". Su contenido fue duro e intenté explicar las razones por las que fue condenado Garzón, teniendo en cuenta dos de los frentes judiciales que tenía abiertos: las investigaciones de la trama de financiación del PP, por un lado, y los crímenes del franquismo, por otro. Precisamente el redactor de la sentencia condenatoria fue Manuel Marchena, luego ascendido a presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Nada menos.

Aunque el dictamen ha llegado demasiado tarde, no está de más que se sepa lo que tenemos por estas latitudes.

(Imagen: viñeta de El Roto; https://twitter.com/el_pais/status/357413660643164160/photo/1).

miércoles, 21 de julio de 2021

Joaquín Urías y el desprestigio del Tribunal Constitucional

Llevaba tiempo sin leer a Joaquín Urías, actualmente profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla y que con anterioridad llegó a ser letrado del Tribunal Constitucional. En alguna ocasión ya me he referido a él,  resaltando algunos de sus artículos y los argumentos que expone. En todo caso, estamos ante un jurista que por su formación y experiencia conoce a fondo la citada institución. 

Hace un par de días la revista digital ctxt publicó un artículo suyo con el título "¿Qué está pasando con el Tribunal Constitucional?". Su contenido es muy duro. Y no con el órgano en sí, sino con quienes lo conforman en la actualidad y con el rumbo que tomó desde hace un par de décadas, cuando rompió con la trayectoria que había tenido desde que se constituyó allá por el año 1980. 

Eso explica que en una parte del artículo haya escrito lo siguiente: 

"En sus primeras dos décadas de funcionamiento, al tribunal llegaron los mejores juristas del país. Sabios con una trayectoria personal que, por más que se supiera de qué pie cojeaban políticamente, estaban blindados  frente a cualquier presión partidista o gubernamental. Gente preocupada por hacer de España un país de derechos fundamentales e intelectualmente tan honesta que no dudaba en llevarle la contraria al partido que los había elegido si íntimamente entendían que no tenían razón".

¿Y cuándo fue para Urías el punto de inflexión? Es así como lo describe:

"El detonante final fue, sin duda, la sentencia que puso en libertad a toda la Mesa Nacional del partido independentista Herri Batasuna, injustamente encarcelada con la excusa de un vídeo electoral".

Añado por mi parte que dicha sentencia anulaba otra emitida en 1997 por el Tribunal Supremo, que condenó a 7 años de cárcel a las 23 personas que componían el órgano ejecutivo de HB. La acusación fue de colaboración con banda armada, después de que se hubiera difundido en 1996 un vídeo electoral donde aparecían mensajes de portavoces de ETA. Tras 20 meses de cárcel, en 1998 el Tribunal Constitucional anuló la sentencia, por considerar que se había vulnerado el derecho a la legalidad penal de los acusados, como se reconoce en el artículo  25.1 de la Constitución. 

Desde ese momento, pues, se ha ido produciendo un desmoronamiento progresivo del órgano encargado de la interpretación de la Carta Magna española. De un lado, porque en su elección empezó a primar la fidelidad con los partidos respectivos que los han ido proponiendo. Y de otro, derivado de lo anterior, porque su calidad intelectual ha ido decreciendo:

"Cada vez se eligen magistrados con menos conocimientos jurídicos y más sumisos a sus partidos. Mientras más mediocre es un jurista, más atemorizado vive de perder sus privilegios inmerecidos. Cada vez más magistrados vienen de las filas del Poder Judicial, elegidos entre los jueces más arribistas y con menos visión constitucional en perjuicio de la academia".

Todo esto está conllevando para Urías una pérdida en la calidad jurídica de las sentencias, que a veces resultan disparatadas y a las que se recubre de razonamientos pomposos. Y lo que es peor, el principal resultado es que, como  apunta, se está produciendo un progresivo recorte de algunos derechos fundamentales. Lo ilustra con algunos casos, como la ratificación de las condenas emitidas contra el sindicalista que llamó "puta bandera" a la bandera oficial o contra la concejala que envió un mensaje en una red social alegrándose de la muerte de un torero durante una corrida. 

Su denuncia de la mala calidad jurídica le lleva a decir, con dureza, que 

"Copian los malos hábitos del Tribunal Supremo, acrecentados por la impunidad de quien sabe que no tiene ningún otro poder estatal por encima". 

Y abundando en el proceso de degradación que está sufriendo la institución, Urías menciona la falta de respeto que tienen sobre ella las mismas personas que la componen. Ocurre, por ejemplo, desde el momento en que hacen filtraciones de deliberaciones, borradores, resoluciones o votos particulares. También, cuando  publican los fallos antes que las argumentaciones, como se ha podido ver en la última de las sentencias emitidas, esto es, la relacionada con el recurso contra el estado de alarma aprobado por el Gobierno el año pasado. Sobre esta última llega a decir algo que resulta inaudito y que tiene que ver con la mala calidad jurídica: el error garrafal de referirse a la citada norma como decreto-ley, cuando en realidad se trata de un real decreto. No le falta tampoco recordar, como otro caso de desprestigio, la presencia actual de magistrados que tienen un mandato caducado, pero que, en vez de dimitir, se aprovechan de la obstrucción llevada a cabo por el PP para la renovación correspondiente del órgano. 

Y para completar el cúmulo de despropósitos, Urías se refiere al eco que tienen en Europa determinadas sentencias, lo que pone de relieve el prestigio, por no decir el desprestigio, que nuestros órganos judiciales y el propio Tribunal Constitucional tienen allende las fronteras:        

"Causa pudor cómo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ridiculiza a nuestro Constitucional, condenándolo una y otra vez por defender al poder a costa de los derechos".

Es lo que se desprende de condenas por parte del citado TEDH por no haber protegido la libertad de expresión, a las personas que han sufrido torturas, a quienes han ejercido el derecho de desobediencia civil... 

Artículo muy duro, sí, en el que no deja títere con cabeza y que acaba con esta frase/sentencia lapidaria:   

"Eso es lo que está pasando con el Tribunal Constitucional, que lo están destrozando unos magistrados que, en su conjunto, no están ni mucho menos a la altura de la dignidad de su cargo".

viernes, 16 de julio de 2021

De alucine con el Tribunal Constitucional, tras su sentencia sobre el estado de alarma

Como uno ya está curado de espanto con bastantes de las decisiones que toman jueces o juezas, individualmente, o tribunales, de manera colegiada, el auto emitido hace un par de días por el Tribunal Constitucional, mal que nos pese a mucha gente, no puedo por menos que seguir sintiendo estupor. 

Algunas reflexiones propias

De por medio o, mejor, como motivo se encuentra la declaración mediante decreto-ley del estado de alarma que al principio de la pandemia del COVID-19 tomó el Gobierno. Para ello contó, además, con el apoyo de la mayor parte de los grupos del Congreso, incluidos los de la derechona. Pues bien, el alto tribunal que se dice interpretativo de la Constitución ha considerado que la calificación jurídica aplicada para luchar contra la pandemia, el estado de alarma, no fue la adecuada, sino que debería haber sido otra, la de estado de excepción.

Es cierto, como descargo para una parte de dicho Tribunal, que la decisión ha sido tomada por un margen muy estrecho: 6 contra 5. Es más, de no haber dimitido hace unos meses uno de sus miembros, que era además al que le hubiera correspondido ser ponente y del que se sabe que era partidario de no interferir en la decisión del Gobierno, el resultado habría sido el contrario, ya que el voto de calidad del presidente, que lo hizo en contra, hubiera sido decisivo. Y no estamos  del todo, sensu stricto, ante un episodio entre bloque conservador y/o bloque progresista, pues en su seno se han dividido a la hora de emitir su voto. Así, dos componentes del bloque conservador, uno de ellos el propio presidente, se han posicionado en contra, mientras que ha habido una vocal del progresista que lo ha hecho a favor.  

Se da la circunstancia que la sentencia ha sido consecuencia de un recurso interpuesto por Vox, que consideró que el estado de alarma violaba el derecho fundamental de circulación de las personas. De la decisión del Constitucional se deriva un hecho más que sorprendente y es que el estado de excepción lo que hace es suspender en mayor medida las libertades individuales. Vamos, que es más duro. Y sin embargo, da la razón al mismo partido que votó en primera instancia a favor del estado de alarma y luego se "alarmó" por la falta de libertades. Inaudito.

Hay otro hecho que también me ha llamado la atención: la tardanza en tomar la decisión. Y es que me pregunto si un hecho tan trascendental, como es la calificación de una medida a tomar en una situación de emergencia sanitaria, puede emitirse después de un año y no en el momento. Es más, como de la sentencia se deriva que la medida  a tomar debió ser más dura, ¿a cuento de qué corrige al Gobierno, cuando el instrumento utilizado fue muy útil para cortar la expansión de la pandemia y, sobre todo, el número de muertes? No se colisionó de hecho ningún derecho fundamental, pero se da la razón a Vox, que arguyó que sí.

Y una cosa más: dado que el decreto-ley ha sido declarado anticonstitucional, quedan invalidadas las sanciones que se han aplicado contra quienes lo incumplieron, saltándose el confinamiento establecido. Es decir, se da la razón de hecho a quienes pusieron en peligro con su irresponsabilidad o negligencia la salud de toda una comunidad. Con eso se nos tiene que poner cara de gilipollas a quienes hicimos uso de responsabilidad y solidaridad, que fuimos la mayoría. De paso, de las pocas sanciones impuestas y cobradas, que proporcionalmente no fueron muchas, habrá que tener en cuenta las devoluciones multimillonarias que tendrá que hacer el Estado.  
       
Hasta aquí llego con algunas de mis reflexiones, propias, como ya indiqué antes, de un humilde lego en la materia. Pero veamos qué dicen juristas, sean docentes o profesionales de la Justicia. 

Reflexiones y argumentos de juristas

Para Margarita Robles, que es ministra de Defensa y ha ejercido de magistrada del Tribunal Supremo, hizo en el primer momento unas declaraciones críticas hacia la sentencia, si bien no entrando de fondo en el tema. Entre otras cosas, dijo: "Los debates y elucubraciones doctrinales están muy bien, pero quizás no deberían plasmarse en las sentencias"; "muchas veces los juristas e incluso los jueces van por detrás de la realidad social"; "me duele que el Tribunal Constitucional haya entrado en ese debate [y que] durante meses haya estado con filtraciones durante los debates internos"...    

La ministra de Justicia, Pilar Llop, que también es magistrada, ha manifestado su respeto por la sentencia, pero sin compartirla. En su comparecencia ante los medios de comunicación se centró en los efectos prácticos de la media que tomó el Gobierno: "El confinamiento salvo 450.000 vidas en España". Y, a la vez, recordó las medias homólogas tomadas por otros gobiernos de la UE.

Fuera del marco gubernamental, he leído y escuchado argumentos desde otros ámbitos jurídicos. Y en todos los casos se coincide en una cosa: las diferencias entre las calificaciones de estado de alarma y estado de excepción, como se desprende del espíritu con que se redacto la Constitución y luego se recogió en la correspondiente ley orgánica, surgen de su origen. El primero, cuando se produce una catástrofe natural y el segundo, como consecuencia de una alteración grave del orden público. Y la realidad resulta más que evidente: la pandemia, y la consiguiente emergencia sanitaria, se incluye en el primero. Destaco por su interés dos artículos, de Javier Pérez Royo y José Antonio Martín Pallín, que son dos juristas que se prodigan en los medios de comunicación y que suelen hacer gala de un gran rigor en sus análisis. 

José Antonio Martín Pallín, que fue miembro del Tribunal Supremo, en su artículo "El Tribunal Constitucional declara el estado de excepción", publicado ayer en ctxt, parte del contexto en que se tomó la medida por el Gobierno: "El confinamiento domiciliario fue una de las medidas que se acordaron en la mayor parte de los países de la Unión Europea y no conozco que ningún Tribunal Constitucional haya tumbado, sin ningún argumento sólido, una decisión basada en la lógica de las circunstancias".

Considera que, como dice la Constitución, la suspensión del derecho de circulación requiera la declaración del estado de excepción, pero añade que, según el texto de la ley orgánica Reguladora, el estado de excepción sólo puede declararse

"cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fueran insuficientes para restablecerlo y mantenerlo. Por si quedaba alguna duda, la ley establece que esa grave alteración del orden público no procede de un virus, sino de actuaciones de personas que, al margen de la legalidad, provocan alteraciones de la normalidad pública con actuaciones que, en la mayor parte de los casos, pueden ser delictivas".

Por su parte, a Javier Pérez Royo, catedrático ya jubilado de Derecho Constitucional, el contenido de la sentencia le parece "incomprensible en términos jurídicos". Es lo que dice en su artículo publicado ayer en elDiario.es, que lleva por título "Anticonstitucionalidad anunciada e incomprensible". Entre las muchas preguntas que se hace, está la siguiente: "el estado de excepción únicamente puede ser declarado por 30 días y renovado por otros 30, ¿era razonable esperar en marzo de 2020 que en 60 días se habría puesto fin a la emergencia sanitaria y no serían medias adicionales?".

Y llega a una conclusión, que es atrevida por el carácter político que contiene: "Tal vez sea muy mal pensado, pero tengo la impresión de que la mayoría de los magistrados que han dictado esta sentencia han pretendido enviar un doble mensaje: Uno primero a Vox, animándolos a recurrir en el futuro: sois bienvenidos, incluso cuando interponéis un recurso tan  disparatado. El campo lo tenéis abierto. Otro segundo al Gobierno: perded toda esperanza".

Y después de todo, algo preocupante

Volviendo al artículo de Martín Pallín, la reflexión que hace al final de su artículo resulta muy preocupante. Según él, afecta a los mismos fundamentos del sistema parlamentario y más concretamente al principio de división de poderes y el equilibrio que debe haber entre ellos:

"Una vez más, los jueces, en este caso del Tribunal Constitucional, han anulado, de manera injustificada e innecesaria, la labor legislativa refrendada por el Parlamento con una abrumadora mayoría favorable, en principio también la de Vox, y escasas abstenciones, olvidando que el Derecho no lo hacen los jueces. Su labor se limita a interpretarlo con arreglo a los principios generales del Derecho, que marcan la racionalidad que debe imperar en la función jurisdiccional de todos los jueces, también los del Constitucional. La resolución sólo puede traer consecuencias perturbadoras. Los pesos y contrapesos que constituyen la esencia de la democracia y de la división de poderes se han desequilibrado de forma alarmante".    

Post scriptum

En varios medios de comunicación he podido leer esta tarde parte del contenido del voto particular emitido por Cándido Conde-Pump¡do, uno de los cinco magistrados que se han opuesto a la sentencia. Con anterioridad había sido magistrado del Tribunal Supremo e incluso llegó a ocupar el cargo de fiscal general del Estado. Reproduzco dos de los párrafos, que, como puede verse, no tienen desperdicio:

"Constituye una tradición del Tribunal citar la frase del primer presidente, García Pelayo, quien señaló que la función del Tribunal Constitucional es la de resolver problemas políticos con argumentos jurídicos. La sentencia de la mayoría hace exactamente lo contrario. No resuelve, sino que crea un grave problema político. al desarmar al Estado contra las pandemias, privándole del instrumento que la ley determina expresamente para hacer frente a las crisis sanitarias, el estado de alarma.
(...)
Proponer que se garantizan mejor los derechos de los ciudadanos suprimiéndolos en lugar de restringiéndolos y dejando incólumes algunas de sus garantías constitucionales, es no entender el sistema de garantías de derechos fundamentales establecido en nuestra norma fundamental".

lunes, 5 de julio de 2021

¡Esas varas de medir de la Justicia!

Al líder del PP, que hizo media carrera de Derecho en seis meses, vio cómo la Universidad Complutense consideró la ausencia de anomalías. Luego, cuando le regalaron el título de un máster sin asistir a las clases, la Justicia dijo que no procedía inculparlo. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de ratificar la inocencia de 
quien fuera presidenta de la Comunidad de Madrid, a quien también le regalaron un máster por la cara, a la vez que una asesora suya y la profesora que se vio obligada a certificar lo que no había cursado han visto rebajadas sus penas. Otra que fue presidenta de la misma Comunidad, que huyó por las bravas con su automóvil por las calles de la capital de la libertad después de haber cometido una infracción de tráfico, consiguió en su día que el fiscal correspondiente, con la ayuda de un conocido entramado policial, frenara que prosperara el caso. Una conocida líder de Vox, que hace años firmó proyectos como arquitecta sin haber obtenido el título, se ha visto agraciada por el TSJM, que ha negado que haya habido delito, al considerar que la falsificación era tan burda que no se podía engañar a nadie. Está también lo del emérito, que tiene miga, pero, en fin, sigue aburrido en Emiratos Árabes a la espera de que le hagan el favor definitivo...

Pues bien, acaba de salir la sentencia contra Isa Serra, a quien el Tribunal Supremo ha condenado a la pena de 19 meses de cárcel por atentado a la autoridad cuando formó parte de un acto de solidaridad durante un desahucio. De nada ha servido que los vídeos de periodistas y los testimonios de personas allí presentes hayan demostrado que no hubo tal atentado. Ha predominado el informe policial, que encima se presentó un mes después de lo ocurrido. Cuando se trata de apuntar a miembros de la izquierda social y política, vemos con frecuencia una gran eficacia policial a la hora de detectar e inculpar  a sus integrantes. Lo que no se ha dado en otros casos en los que han participado los propios policías o miembros de la extrema derecha. Por ejemplo, en el acoso permanente sufrido por Pablo Iglesias e Irene Montero en su vivienda familiar por miembros de la extrema derecha. O cuando han sido incapaces de averiguar qué agentes efectuaron disparos con fuego real durante los incidentes acaecidos en el pasado mes de febrero en Linares, después que un policía no uniformado propinara una brutal paliza a un ciudadano y su compañero del cuerpo se dedicara a evitar el auxilio de transeúntes y, encima, a justificarlo. 

¡Ay, esas varas de medir...! 

Post scriptum 

Acabo de leer una noticia relacionada con lo anterior. Se trata de la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid, que se ha hecho pública esta mañana, sobre el cartel electoral de Vox que ponía a los y las menores inmigrantes en el foco de la criminalización. En el auto judicial se ha rechazado el recurso presentado por la Fiscalía, al considerar que el contenido del mensaje del cartel ("Un mena 4700 euros al mes. Tu abuela 426 euros de pensión/mes") es propio del ejercicio de libertad de expresión. Pero lo más inaudito viene cuando, dentro de la argumentación, aparece la siguiente expresión sobre tales menores: "con independencia de si las cifras que se ofrecen son o no veraces, representan un evidente problema social y político, incluso con consecuencias y efectos en nuestras relaciones internacionales, como resulta notorio".       

sábado, 26 de junio de 2021

La estrategia política de la derechona española y los límites que puede tener en el ámbito europeo

Los indultos están siendo la última arma arrojadiza de la derechona española contra el gobierno. La virulencia con la que se están empleando tanto los tres grupos que la componen como sus medios de comunicación está alcanzado cotas muy elevadas. Los adjetivos que están empleando contienen una buena dosis de lenguaje guerracivilista y que recuerda en buena medida lo ocurrido hace más de ocho décadas. Crear, en fin, en el seno de una parte de la sociedad un estado de necesidad para que actúen otras instituciones al margen del gobierno y el parlamento que lo sustenta.

Ignoro si entre sus cerebros pensantes alguien está teniendo en cuenta que se trata de una batalla que, además de ser peligrosa en sí misma por las derivaciones que podría tener, tiene otra faceta, que trasciende a las fronteras interiores. 

Hay juristas de reconocido prestigio (nombro a algunos: José Luis Martín Pallín, Javier Pérez Royo o Joaquín Urías) que llevan tiempo advirtiendo sobre el hecho de que nuestro país, al encontrarse dentro de la jurisdicción europea, se encuentra sometido a decisiones judiciales que pueden ser corregidas por tribunales de ámbito supranacional superior. Hace una semana, por ejemplo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó que la Audiencia Nacional había condenado injustamente en 2011 al dirigente de la izquierda abertzale Tasio Erkizia, que fue acusado de enaltecimiento del terrorismo. Es cierto que han pasado diez años y que la reparación hacia quien sufrió esa condena llega muy tarde, pero la decisión del TEDH ha puesto en entredicho, como en otras ocasiones, que la justicia en este país llamado España no funciona como debiera.

He leído el artículo de Javier Pérez Royo que publicó ayer eldiario.es, titulado "Un balón de oxígeno para el Tribunal Supremo". Tiene que ver con lo antes referido sobre la autoridad moral de los tribunales españoles, si bien en él se introducen dos aspectos, hasta ahora poco conocidos, acerca de las repercusiones que va a tener la reciente concesión de indultos a las personas condenadas por el Tribunal Supremo con motivo de lo ocurrido en Catalunya durante los meses de septiembre y octubre de 2017. Por un lado, el que está en relación a los plazos que utiliza el TEDH a la hora de tomar sus decisiones. Y por otro, sobre la oportunidad de tal concesión de gracia, que aporta un elemento de estabilidad institucional, al impedir que el sistema político tenga que sufrir un durísimo varapalo.

Pérez Royo apunta que los indultos eliminan el carácter de urgencia en el tratamiento de los recursos presentados ante el TEDH. Como no estamos ya ante un caso de privación de libertad, eso conlleva que habrá que esperar varios años para que se dispongan a valorarlos. Como hemos señalado antes, diez fueron los años que tardaron en resolver el caso de Tasio Erkizia.

Podría considerarse que por qué el citado tribunal europeo iba a dictaminar en contra del Tribunal Supremo, e incluso del Tribunal Constitucional, a lo que Pérez Royo recuerda que basta con leer el contenido de los votos particulares de dos miembros del segundo de esos tribunales cuando se rechazaron los recursos de amparo presentados por las defensas de Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. Y es que la jurisprudencia del TEDH apunta en una dirección bastante distinta de lo que suelen hacer los tribunales españoles, todavía anclados en valores que huelen a rancio y con vestigios que provienen del franquismo. Pero no sólo es eso. Como escribió José Luis Martín Mallín el pasado día 2 en un artículo, "el problema no es el indulto sino la sentencia".

Y es aquí donde se encuentra el segundo de los aspectos antes señalados. El gobierno español, con su decisión, además de buscar una vía de concordia y diálogo con Catalunya, lo que está haciendo es, en primer lugar, proteger a los principales órganos españoles de justicia. A lo que hay que añadir que, de paso, introducen la dosis de cordura necesaria para la estabilidad del sistema político. 

Volviendo a la perniciosa derechona española, apunto por mi parte dos cuestiones más. Una tiene que ver con lo expresado desde dos ámbitos que no son precisamente amigos del gobierno: el del empresariado, en boca del presidente de la CEOE, y el de la Iglesia Católica. El primero, quizás, consciente de que la deriva de la derechona no lleva a buen puerto la necesidad de una recuperación económica después de casi año y medio de pandemia y ante la perspectiva de la llegada de fondos económicos provenientes de la UE. Y la Iglesia, condicionada por la posición de los obispos catalanes, independientemente de que haya coincidido con esa máxima cristiana del perdón y demás.

En cuanto a la segunda de las cuestiones, si el objetivo de la derechona es desestabilizar la vida política española y con ella acabar con el actual gobierno, otra cosa es lo que se pueda pensar y, como consecuencia, hacer, desde las instancias europeas. Porque su comportamiento, apoyado en tantas ocasiones por los tribunales de justicia, está afectando al respeto de los derechos humanos. 

Sabemos que en el terreno propiamente político se está dando en el ámbito europeo un pulso entre la defensa de valores democráticos, con una relevancia especial de los derechos y las libertades civiles, y su vulneración. Una muestra es lo que está ocurriendo con la decisión del parlamento húngaro de restringir los derechos del colectivo LGTBI o con las restricciones aprobadas en Polonia sobre el derecho al aborto. 

Por todo esto, la vía seguida por la derechona, aun siendo muy peligrosa, corre el riesgo de acabar colisionando con uno de los pilares de la Unión Europea, esto es, el defender y hacer respetar los derechos humanos. Par mí, desde luego, el principal.    

jueves, 3 de junio de 2021

Indultos y (siguiendo a Martín Pallín) lo que queda por llegar

Parece que ha bajado el volumen de la campaña contra los indultos a las personas condenadas por su responsabilidad en el procès. Algo puede haber tenido que ver la imputación de María Dolores de Cospedal en el procedimiento judicial abierto sobre la financiación del PP. Lo iremos viendo. La derechona sigue lanzándose a la yugular del gobierno, coreada por buena parte de los medios de comunicación y algún que otro exgobernante y/o exdirigente del PSOE. Tampoco ha faltado el pronunciamiento del Tribunal Supremo, el mismo órgano que dictó al sentencia y que ahora, como juez y parte, ha vuelto a hacerse valer. Y mientras tanto, se va preparando una nueva edición de la foto de Colón, donde se pretende hacer una demostración de fuerza. 

Llama la atención que fuera de este país pocas voces se hayan alzado en apoyo de las críticas vertidas desde las filas de la oposición. Se habla en algunos ámbitos de que resulta incomprensible lo que está ocurriendo en estas tierras. Por este asunto, pero también por otros, como el uso de la pandemia como medio para dinamitar al gobierno o el más reciente de la crisis diplomática abierta por Marruecos.

Pero volviendo a lo de los indultos, sorprende la pobreza argumental de quienes se oponen. Más allá de vociferar que se trata de golpistas, se contradicen cuando niegan una medida que resulta posible y oportuna dentro del marco legal, que es  el terreno donde prefieren reducirla. Y justifican, más que se olvidan, que desde los años ochenta, con el PSOE o el PP en el gobierno, se haya indultado a golpistas de los de verdad, a responsables políticos que ejercieron o permitieron el terrorismo de estado, a torturadores, a violadores que formaban parte de un cuerpo policial, a algún militar y algún médico que falsearon los datos sobre las muertes de 142 personas en un accidente militar, a un consejero delegado de un conocido banco... En fin, vidas ejemplares.

De José Antonio Martín Pallín es el artículo "El problema no es el indulto, es la sentencia", publicado ayer en CTXT. Es largo en extensión, pero, ante todo, no carece de interés, pues pone los puntos sobre las íes en los aspectos que trata. Y uno de ellos es el papel que está jugando el tribunal al que perteneció, sobre el que ha dicho: "nunca me he encontrado con un informe del Tribunal Sentenciador tan cargado de consideraciones políticas, notoriamente extrajurídicas, como el que ha emitido recientemente la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el caso de los condenados por el procés".

Experto, como es, en materia jurídica quien fuera en su día magistrado del máximo órgano judicial, anuncia al final de su artículo algo que está por venir y que promete tratar en un próximo artículo: "las consecuencias que se pueden derivar de la futura anulación de la sentencia [del Tribunal Supremo contra los responsables del procès] por el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo".

Post scriptum

Acabo de leer en Público: "El Comité de Asuntos Legales del Consejo de Europa solicita a España la excarcelación de los presos del 1-O". Un artículo firmado por C. Choclán y Sato Díaz, en el que se añade que también se solicita que se retire la acusación contra los cargos de menor rango del procès.  Iremos sabiendo más  cosas, pero la propuesta se inscribe en lo que Martín Pallín adelantó en el artículo antes referido. Al tiempo.

miércoles, 10 de febrero de 2021

Arrecian los apoyos para que el rapero Pablo Hasél no entre en prisión y en defensa de la libertad de expresión


El rapero Pablo Hasél está a punto de entrar en prisión por orden de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. En 2018 fue condenado por los delitos de injurias a la corona y enaltecimiento del terrorismo, pero, después de varios recursos para que evitar la entrada en la cárcel, 
la misma Sala ha rechazado finalmente que eso pueda ocurrir, en contra incluso del criterio de la fiscalía, que se ha basando en la cuantía del tiempo de condena: 9 meses.

La sentencia ya fue cuestionada en su día desde distintos ámbitos, como profesionales de la abogacía y de la judicatura, penalistas, la Asociación de Juezas y Jueces para la Democracia o la Plataforma por el Derecho a la Libertad de Información, entre otras. En los últimos días han arreciado las críticas a la decisión judicial y los apoyos al cantante, entre los que se encuentra el manifiesto hecho público ayer que ha sido firmado por más de 200 artistas.  

En todos los casos consideran que lo ocurrido durante el proceso judicial no ha estado en concordancia con los criterios que se siguen en distintas instancias europeas acerca de lo que es la libertad de expresión. Incluso se resalta que desde esas instancias se ha instado a las autoridades de nuestro país para que modifiquen la legislación para que esté acorde con la tónica general de la UE. 

Precisamente el manifiesto firmado por dos centenares de artistas comienza de una manera que pone al descubierto una realidad preocupante sobre la libertad de expresión en nuestro país: "La persecución a raperos, tuiteros, periodistas, así como otros representantes de la cultura y el arte, por intentar ejercer su derecho a la libertad de expresión se ha convertido en una constante. Así, el Estado español ha pasado a encabezar la lista de países que más artistas ha represaliado por el contenido de sus canciones. Ahora, con el encarcelamiento de Pablo Hasél, el Estado español se está equiparando a países como Turquía o Marruecos, que también cuentan con varios artistas encarcelados por denunciar los abusos que se cometen desde el Estado.". 

Para Fernando de la Fuente, que es magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid y viceportavoz de Juezas y Jueces por la Democracia, el último dictamen del tribunal para el ingreso de Hasél en prisión no resulta adecuado, como ha declarado al diario Público: "Lo normal y razonable es que una pena inferior a dos años no se ejecute porque suele ser bastante inadecuada desde el punto de vista de la reinserción. Las penas cortas privativas de libertad no tienen un efecto resocializador sino lo contrario, por lo que se suelen buscar otro tipo de alternativas".

Por su parte, Patricia Goicoechea, que es directora adjunta de Rights International Spain, ha declarado al mismo diario que “en los últimos años ha habido varias sentencias condenatorias a raperos y artistas que se pueden considerar como una restricción a la libertad de expresión”. A lo que ha añadido que existen bases suficientes para presentar una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dado que en el proceso judicial seguido contra Pablo Hasél se ha producido una “restricción desproporcionada de la libertad de expresión".

Andrés Boix, que es profesor de la Universidad de Valencia, ha declarado al diario digital Cuarto Poder que  "históricamente, hay una serie de límites a la libertad de expresión. Por eso, la injuria y la calumnia están prohibidas, pero cuando no hablamos de críticas a una persona, sino a una institución, se empiezan a parecer más a un delito de opinión. Hablar de instituciones es hablar de política".

En todo lo que está ocurriendo, no debemos perder de vista algunas  cosas. Una es que la Sala de la Audiencia Nacional que ha tomado las decisiones tiene al frente a la magistrada Concepción Espejel, destacada por su vinculación al PP y dentro de él, a su amiga María Dolores de Cospedal. Y otra, el papel que están jugando los medios de comunicación del sistema. Como ha destacado José Manzaneda en un artículo para Cubainformación, dichos medios se han dividido “entre la fría información de agencias y la justificación entusiasta de la condena”.

Finalmente, ayer mismo el grupo parlamentario en el Congreso formado por Unidas Podemos y las confluencias afines registró la Proposición de Ley Orgánica de reforma del Código Penal para la protección de la libertad de expresión. Tal como indicaron en la rueda de prensa correspondiente Enrique Santiago y Jaume Asens, se trata de acabar con esa situación de ataque a la libertad de expresión y la  "criminalización de tuiteros, cineastas y raperos". Así mismo, se mostraron optimistas de cara a que el PSOE apoye la iniciativa, entre otras porque se ha respetado el protocolo de acuerdo de gobierno firmado en su día. 

Pues eso.