En este caso concreto se puede decir que nunca es tarde si la dicha es buena, pero esta entrada merecía una aclaración previa. A falta de acceder al texto definitivo y de estudiarlo en profundidad, he podido leer algunas crónicas periodísticas, de las que se desprende que, de partida, se trata de una norma avanzada, con algunos aspectos novedosos. La han apoyado PSOE, Podemos e IU, con la abstención, que no deja de ser una forma de oposición, de PP y Ciudadanos. El primero, en su línea, como expresión del franquismo sociológico y el segundo, dejándose ver cómo respira. Uno y otro siguen con la cantinela de no remover, no politiza...
Los principales aspectos se refieren a la consideración de los delitos del franquismo como delitos contra la humanidad, la definición del status de víctima, la creación de un mapa de fosas, el procedimiento de los procesos de exhumación, la formación de una Comisión de la Verdad y de las Victimas, la eliminación de la simbología franquista, el tratamiento de la memoria en los currículos de enseñanza, etc.
Algunos de los aspectos son muy atrevidos, como el referido a los crímenes contra la humanidad, cuya naturaleza de imprescriptibles supone que haya que alterar la ley de amnistía de 1977. También se ha conseguido la ampliación de la figura jurídica de víctimas, que se incluye a las personas homosexuales, las vejaciones sufridas por las mujeres, el robo de bebés, las personas internadas en los campos de concentración alemanes... La formación de una Comisión de la Verdad no deja de ser también otra importante novedad.
Un instrumento jurídico valioso, que, entre otras cosas, hay que dotarlo de voluntad política para aplicarlo y de recursos para que pueda hacerse efectivo.
(Fotografía:
placa dedicada a las personas asesinadas en 1936, a causa de la represión fascista;
cementerio de Teba, Málaga).