Entre Conil y Barbate: indagando sobre un
represaliado
Cómo empezó
El
pasado 30 de septiembre, al final del acto de presentación en Conil de mi libro
Fascismo y represión en Barbate durante
la guerra y la postguerra, estuve hablando con Isabel González Ramírez,
archivera del municipio, sobre Gonzalo Miranda Marín, un represaliado de origen
conileño que había tenido relación con Barbate. A los pocos días recibí un
mensaje suyo, en el que me aportaba algunos pormenores de su biografía. Entre
otros, su estancia en el penal Fuerte de San Cristóbal de Pamplona.
Fue
en 2018, con motivo del homenaje organizado por el Gobierno de Navarra a las
personas que estuvieron confinadas en ese penal, cuando la Dirección General de
Memoria Democrática de la Junta de Andalucía se puso en contacto con el Archivo
Municipal de Conil con el fin de que se le pudiera facilitar alguna información
sobre Gonzalo. El Fuerte de San Cristóbal había conocido en mayo de 1938 un
episodio inaudito, después que se hubiera producido la fuga masiva de casi 800
prisioneros. Desde Navarra se intentara recabar información sobre Gonzalo, por
si hubiera participado en la fuga o fallecido en la prisión.
La
información enviada, empero, fue escasa. Además de la fecha de su nacimiento, en
1912, a través de su hermana María se supo que se había casado en Barbate, que
no tuvo descendencia y que residió en esta localidad, según su parecer, hasta
su muerte, ocurrida en los años setenta. En la familia se tenía conocimiento de
que había estado preso durante la guerra, pero desconocían más detalles.
Lo que vino después
Fue
así como, de inmediato, inicié una
búsqueda por la red electrónica. Empecé por el portal Txinparta-Fuerte San Cristóbal Red de Memoria Colectiva, en la que
ya en 2017 había localizado el caso del marinero barbateño José Prieto
Gutiérrez (Montero, 2023, p. 271). Los datos que aparecen en dicho portal están
basados en el libro Fuerte de San
Cristóbal 1938. La gran fuga del cárceles franquistas, cuyos autores son
Félix Sierra e Iñaki Alforja.
En el
portal Todos (...) los Nombres también
encontré nuevos datos, los cuales, tal como se indica, están basados en el
libro de Sierra y Alforja. Básicamente se reducen a su localidad de nacimiento,
la condena por un consejo de guerra a "Reclusión perpetua (30 años)"
y su estancia en el Fuerte de San Cristóbal desde el 24-05-1939.
Magdalena
González (2014, p. 154, n. 353), por su parte, en su libro dedicado a la
represión en Conil de la Frontera hace una escueta referencia a Gonzalo, estando
entre las, al menos, cuatro procedentes del municipio que fueron procesadas por
tribunales militares de otras provincias que no fuera la de Cádiz. En el libro,
además, se menciona a otro vecino de Conil, también represaliado, que podría tratarse
de su hermano: Manuel Miranda Marín.
Teniendo
en cuenta la relación de Gonzalo y su hermana María, que también acabó residiendo
en Barbate, me puse en contacto con varios vecinos del municipio que llevan el
apellido Miranda, con la esperanza de poder encontrar algún lazo familiar. Pero
no obtuve el resultado esperado.
Un documento importante
Pero
fue en otra página electrónica, Los
presos del Penal de Ezcaba. Fuerte de San Cristóbal. Pamplona. Navarra, que
está editada por Hedy Herrero, donde pude encontrar una información más
detallada. Además, dado que desde la página se ofrece la posibilidad del envío
de un documento sobre la estancia de Gonzalo en dicho centro de reclusión, no
dudé en solicitarlo. Y de inmediato lo recibí. Más detallado que lo publicado
en la red, pueden leerse diversos pormenores sobre su nacimiento y su profesión,
los centros de reclusión donde estuvo confinado, y la fecha y la cuantía de la
pena carcelaria que recibió.
Estamos
ante una ficha personal, que, tal como se ha estampado, empezó a cumplimentarse el 14-11-1938, esto
es, seis días después de haber ingresado en la Prisión de Mérida. En la parte
izquierda puede verse el sello de dicho centro. El contenido está inicialmente mecanografiado,
pero también se han reflejado los datos que se fueron corrigiendo y/o añadido
con posterioridad y sucesivamente hasta el 25-02-1940, si bien esta vez
escritos a mano. No le falta tampoco a la ficha un segundo sello, sin fecha, en
el que se menciona al Servicio Nacional de Prisiones y la sede de Vitoria. Aunque
sea escuetamente, el documento da fe de datos relevantes del historial judicial
y carcelario de Gonzalo Miranda Marín en el periodo que va de noviembre de 1938
a febrero de 1940.
Nuevos datos (después de un paréntesis)
Centrado
en otras investigaciones y a la espera de aclarar algunas cuestiones, decidí hace
unos días retomar la búsqueda de información sobre Gonzalo Miranda Marín. Y a
ello no fue ajeno el hallazgo en un BOE, publicado en febrero de 1937, en el que puede verse su
nombre, junto al de otros 28 vecinos de Barbate su nombre, junto al de otros 28 vecinos de Barbate, dentro de un edicto jurídico-militar
firmado a finales de diciembre del año anterior.
A ese
documento he podido añadir otro, esta vez de marzo de 1942 y publicado en el BOE, donde es mencionado por la apertura
de un expediente de responsabilidades políticas por parte del Juzgado Provincial
de Cádiz dedicado a esos menesteres.
Y
ahora, después de haber llegado hasta aquí, voy a exponer de una forma más ordenada
e integrada los diferentes aspectos de la vida del marinero nacido en Conil,
que residió en Barbate durante muchos años y del que hemos acabado averiguando que
falleció en el municipio malagueño de Fuengirola.
Un acercamiento a la figura de Gonzalo
Miranda Marín
Gonzalo
Miranda Marín nació en Conil de la Frontera el 11 de febrero de 1912. Era hijo
de Antonio y Francisca, de quienes sabemos que entre su prole también
estuvieron, al menos, María y Manuel.
Desconocemos
la fecha concreta de la llegada a Barbate, pero, tal como se desprende del
edicto de febrero de 1937, firmado el 25 de diciembre de 1936, ya residía en
esa localidad antes del inicio de la contienda militar. El motivo de ese cambio
de residencia no tuvo que ser ajeno a su trabajo como marinero. Un hecho
frecuente entre los jóvenes conileños, que fueron encontrando en la pujante
localidad vecina un foco de atracción para sobrevivir. Barbate se había
convertido desde los años 20 en uno de los principales referentes del sur
peninsular, dada su orientación a las actividades de extracción,
manufacturación y comercialización de los productos que ofrecía el mar (Florido,
2002, p. 50 y ss.).
En el
documento en cuestión se conminaba a 29 vecinos de la localidad a comparecer
"en el término de cinco días ante el Teniente de Navío Juez Instructor de
la causa sumarísima núm. 240", a lo que se añadía que en caso "de no hacerlo
serán declarados en rebeldía con arreglo a la ley". De la mayoría de esas personas
tenemos conocimiento que, de un modo y otro, también sufrieron las
correspondientes represalias, a la vez que disponemos de información de
diversos pormenores acerca de sus vidas (Montero, 2024). En algunos casos,
incluso, se trataba de conileños, como los hermanos Juan y Francisco Jiménez
Puente, o Francisco Gutiérrez Ramírez.
Por
el documento carcelario abierto a finales de 1938 en Mérida sabemos que tuvo el domicilio en la carretera del Faro, una
vía que era colindante con la barriada del Zapal. Ésta estaba formada por
numerosas chabolas y era el principal lugar de residencia de las personas que
iban llegando a la localidad dentro del importante flujo migratorio paralelo a
su crecimiento económico (Aragón, sin fecha y 2024).
Desconocemos
lo ocurrido en los primeros momentos de la guerra con Gonzalo. Pero, dado el
contenido del edicto, con toda seguridad tuvo que haber huido hacia el territorio
controlado por el gobierno republicano. Ignoramos cómo y desde dónde, pero
podemos suponer, como hemos averiguado de varias de las personas incluidas en
el edicto, que pudo haberlo hecho desde Tánger. Hacia dónde se dirigió en un
primer momento también lo ignoramos, pero creemos que no resulta desatinado
decir que, al menos en 1938, podría haber estado en el frente de Extremadura.
Nos basamos en el documento carcelario en
el que se refleja, entre otras cosas, que había estado recluido hasta el 8 de
noviembre en el campo de concentración de Mérida.
Fue
entre junio y julio de 1938 cuando, por iniciativa del el ejército sublevado,
tuvieron lugar entre el noroeste de la provincia de Córdoba y el noreste de la
de Badajoz unas operaciones militares importantes (Puell y Huerta, 2007, pp. 197-199;
e Hinojosa, 2018). Pero fue sobre todo la ofensiva iniciada sobre la comarca de
La Serena los días 18 y 19 de julio lo que tuvo mayores repercusiones: a la vez
que las tropas sublevadas se hicieron con el control de ese territorio, incluyendo
los municipios de Don Benito, Villanueva de la Serena y Castuera, los soldados republicanos hechos prisioneros se
contaron por miles. Quizás Gonzalo Miranda Marín pudo estar entre ellos y lo
que explique su internamiento en el cercano campo de concentración de Mérida. Por esas fechas, desde el verano de 1936, estaba situado en el Cuartel
de Artillería, pero, dado el elevado incremento de las personas reclusas, en
1939 sus instalaciones se extendieron a la Plaza de Toros y el Convento de San Andrés
(Hernández, 2019, p. 35).
La
estancia en un recinto de esas características era el procedimiento que se
empleaba por entonces con la finalidad de llevar a cabo la clasificación de los
prisioneros, antes de tomar una decisión sobre su destino. La comisiones
correspondientes distinguían, grosso modo,
tres grupos de personas: el de las consideradas irrecuperables, cuya condición
podía conllevar el fusilamiento o fuertes condenas; el de quienes se
consideraba que podían ser reeducadas, lo que conllevaba que podían ser objeto,
entre otras cosas, de ser utilizadas como mano de obra en la construcción de
diferentes tipos de infraestructuras, fueran militares o civiles; y el de las personas
que, calificadas en diferente grado de “afectas al Movimiento”, podían ser
movilizadas militarmente, estando, en todo caso, sometidas a vigilancia
(Hernández, 2019, p. 74).
A
partir de ese 8 de noviembre, por tanto, Gonzalo estuvo recluido en la prisión
de Mérida. El 16 de diciembre se dispuso la situación de reclusión preventiva, teniendo
en cuenta que estaba acusado de un delito muy grave, que era el de rebelión. Formó
parte, junto a otras 7 personas, del Sumario n. 422, instruido por el Consejo
de Guerra Permanente de Badajoz (AGHD). A la espera de poder conocer los
detalles de dicho documento, sí conocemos los nombres de los compañeros de
infortunio: Rafael Ayuso Rico, Lucio Cabezas Cabanillas, Patricio Carroza
Romero, José Naranjo García, Anastasio Rubio Mayordomo, Saturnino Ruiz Camacho
y Manuel Sanabuja Ribe.
El 18
de enero de 1939 fue trasladado a la Prisión Provincial de Badajoz y el 22 de
marzo recibió por parte del órgano de justicia militar la condena definitiva,
que ascendió a 30 años de reclusión por el delito de rebelión. Una pena muy severa,
que seguramente estuvo motivada por una circunstancias
agravante: no haber comparecido a principios de 1937 a la requisitoria que se
le hizo para comparecer ante el juez instructor y que conllevaba la amenaza del
delito de rebeldía.
La
prisión de la capital de Badajoz se convirtió en una estación de paso, ya que a
finales de mayo fue trasladado al penal del Fuerte de San Cristóbal, en
Pamplona. Ingresó el día 22 y permaneció hasta finales de febrero del año
siguiente. Se trataba de un presidio que había conocido un año antes, en mayo
de, un acontecimiento inaudito, después que se hubiera producido la fuga masiva
de casi 800 prisioneros (Sierra y Alforja, 2006). Fue el mismo lugar donde otro
marinero barbateño, José Prieto Gutiérrez, estuvo recluido entre enero y mayo
de 1938 (Montero, 2023, p. 271). En su caso fue un tribunal militar en San
Sebastián el que lo condenó a 12 años por el delito de auxilio a la rebelión.
De
vuelta a Andalucía, el día 25 de febrero de 1940 Gonzalo llegó al Penal Naval
Militar de la Casería de Ossio, en San Fernando. Situado en la costa de la
Bahía de Cádiz, posiblemente fuera el último centro donde estuvo recluido.
Peo
el calvario judicial no acabó ahí. En enero de 1942 se vio de nuevo sometido a
un procedimiento judicial, en este caso dentro de la Ley de Responsabilidades Políticas,
que estaba en vigor desde febrero de 1939. El Juzgado Provincial de de Responsabilidades
Políticas de Cádiz le incoó el correspondiente expediente, que fue publicado el
21 de marzo en el BOE. En el mismo se
hizo constar que era natural de Conil y, anecdóticamente, vecino de “Laroate”,
lo que no era otra cosa que un error tipográfico. Desconocemos cuál fue el
resultado de ese procedimiento, pero, dado que ya había sido condenado con
anterioridad, su caso habría sido archivado.
En
cuanto a la condena por rebelión, su caso estuvo entre otros tantos que trató
la Comisión Central de Exámenes de Penas, relativas a las de carácter
ordinario, que actuó a partir de 1942 (AGMG). El resultado final, a instancias
de la Comisión Provincial de de Badajoz,
fue la conmutación de la pena, si bien, por ahora, ignoramos los
aspectos concretos de la resolución, incluida la fecha en la que se hizo
efectiva.
De
regreso a Barbate, tal como ha manifestado un familiar, sabemos que Gonzalo contrajo
matrimonio, pero ignoramos con quién, y que siguió trabajando como marinero.
Finalmente, según consta en el registro del Juzgado de Conil de la Frontera, su
fallecimiento tuvo lugar en Fuengirola el 21 de agosto de 1974, enfermo de
cáncer.
Procedencia de la documentación
Archivos y base de datos de archivos
AGHD / Archivo General e Histórico de
Defensa.
Justicia Militar. Tribunal Militar Territorial número 1. Sumario 422 (https://buscar.combatientes.es/resultados/Gonzalo/Miranda/Mar%C3%ADn).
AGMG / Archivo General Militar de
Guadalajara.
Comisión Central de Examen de Penas. Penas ordinarias conmutadas, Comisión de
Badajoz; 1942.1977; p. 1.511 (https://patrimoniocultural.defensa.gob.es/sites/default/files/2023-04/08_3_1_1_expedientes_personales_de_soldados_trabajadores_a-f.pdf).
Normativa legal
Boletín
Oficial del Estado. Administración de Justicia. Edictos y requisitorias.
Cédula de notificación. Burgos, n. 113, 10-02-1937, p. ilegible [¿376?]. (https://www.boe.es/gazeta/dias/1937/02/10/pdfs/BOE-1937-113.pdf)).
Boletín
Oficial del Estado. Anuncio de incoación de expedientes de
responsabilidades políticas. N. 80, Anexo Único, 21-03-1942, p. 1.489 (https://www.boe.es/gazeta/dias/1937/02/10/pdfs/BOE-1937-113.pdf).
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Txinparta-Fuerte San Cristóbal. Red de Memoria Colectiva ((https://txinpartafuertesancristobal.blogspot.com/).