sábado, 27 de julio de 2024

Más información sobre la represión sufrida por Diego Guerrero Pérez


Hace unos días falleció Sebastián Muñoz Gómez, sobrino de Diego Guerrero Pérez. Durante una parte importante de su vida fue una ayuda para su tío, tanto en lo concerniente a los cuidados como en la tramitación de solicitudes y recursos ante la administración. Y es que Diego fue un combatiente republicano contra el fascismo. Sabíamos que sufrió una herida de guerra y que se refirió a ello como la pérdida de la falange de uno de los dedos de sus manos, aunque no dijo dónde fue hospitalizado. Nada más acabar la guerra conoció la represión de una forma directa. Contó que estuvo recluido en varios penales, pero sólo se refirió a uno de ellos: el de Cuatro Torres,
  situado en la zona militar de La Carraca, en el término municipal de San Fernando. Allí estuvo tras una condena judicial, de la que nos recordó que fue de 12 años. Ya en libertad,  sobrevivió trabajando de marinero, el oficio más característico de Barbate. Pero no pudo conseguir dar satisfacción a una de sus ilusiones: obtener un permiso de armas para poder ir de caza por los montes del término municipal. Y es que era un rojo.

Desde los años de la Transición fue surgiendo una legislación que permitía obtener algún tipo compensación para las personas represaliadas y, a veces, para sus familiares directos,  bien fuera una pensión o bien una indemnización. Pero Diego se topó con un escollo que acabó siendo lamentablemente decisivo: el incendio del Archivo de la Capitanía General de la Zona Marítima del Estrecho, ocurrido en 1976. Eso motivó que no pudiese obtener la documentación necesaria para haber podido demostrar lo que había sufrido. En 1993, 1998 y 2001, acogiéndose a distintas disposiciones  legales, presentó las correspondientes solicitudes, pero todo resultó infructuoso.

A falta de documentos, sólo le quedaba su memoria. La misma que le permitió en sus solicitudes referirse a su condena de 12 años de prisión o a la “privación de libertad en establecimientos penitenciarios durante tres o más años”. Su caso, como el de otras tantas personas, llevó al Defensor del Pueblo a pedir en 1994  al ministerio de Hacienda que flexibilizara “los criterios de interpretación y aplicación”.

Murió en septiembre de 2003, a la edad de 96 años, sin haber conseguido nada de lo que pretendía. Su sobrino Sebastián le dedicó una emotiva carta, publicada en el Diario de Cádiz, que acababa de esta manera: “sobrevivió a una guerra civil adversa y a muchas guerras particulares, pero las perdió todas”.

Llevo años indagando sobre las vicisitudes de las personas de Barbate que fueron represaliadas por el fascismo y no dejo de encontrar información. En su caso, durante las últimas semanas he localizado varios documentos en el BOE, el portal electrónico Buscar Combatientes, el Centro Documental de la Memoria Histórica ubicado en Salamanca e, incluso, desde éste, en el Archivo General de la Región de Murcia. Documentos que podrían haber ayudado a Diego a conseguir su ansiada indemnización. Voy a referirme a ellos brevemente.

Ahora sabemos que estuvo internado durante cuatro semanas en el Hospital Provincial de Valencia, concretamente  entre el 26-01-1938 y el 23-02-1938 (1). Se trata de un dato que, a falta de conocer algunos pormenores, resulta de interés, pues lo pone en relación con su herida de guerra.

También he averiguado que tras la finalización de la guerra estuvo recluido en la Prisión del Partido de Lorca (2), en la provincia de Murcia, donde ingresó el 4-11-1939 y salió en libertad el 14-11-1939. En su expediente procesal aparece como natural de Barbate, domiciliado en la carretera del Faro, hijo de Antonio e Isabel, de 32 años de edad, soltero y con el oficio de pescador. En dicho documento se reflejó que procedía de la Junta Clasificadora de Prisiones de la misma ciudad, siendo “entregado por tropa en concepto de detenido”. Su estancia fue muy corta, del 4-11-1939 al 14-11-1939, haciéndose constar al final del expediente que, por orden del presidente de dicha Junta, fechada el día 14, fue “puesto en libertad definitiva”. En el documento en que se comunica el ingreso en la cárcel se menciona que se acompañan las “20 pesetas propiedad del detenido” y en el de la orden para salir de la cárcel se le insta a que pase a recoger “unos documentos de su propiedad y el oportuno pasaporte”.

En cuanto a su reclusión en la Penitenciaría Naval Militar de Cuatro Torres de San Fernando sabemos que fue puesto en libertad condicional provisional a finales de 1941 (3). Así es como aparece en la orden del Ministerio de Justicia fechada el 25-09-1941 y publicada en el Boletín Oficial del Estado algo más de un mes después. Seguimos sin conocer por ahora las circunstancias de su condena, que según el propio Diego había sido de 12 años, pero resulta evidente que el órgano oficial da fe de que, al menos, hasta el 14 de octubre de 1941 estuvo  recluido en el penal militar de Cuatro Torres.

¿Toda esta información, basada en documentos oficiales, hubiera ayudado a Diego Guerrero Pérez a obtener la indemnización que reclamó? Creo que sí.


Notas 

(2) Archivo General de la Región de Murcia; ES.30030.AHP/125 / Prisión de Partido de Lorca, 125.2. / Régimen de presos; signatura 41669/29.
(3) BOE de 14-10-1941, n. 287, p. 7.960.