miércoles, 16 de diciembre de 2020

Una nueva manifestación de falta de imparcialidad por parte del Tribunal Supremo

Estos tribunales nuestros de cada día siguen dando muestras de que algo no funciona bien. Tribunales de justicia, encargados de impartir lo que les corresponde con ecuanimidad. En el argot jurídico, con imparcialidad. Lo que no han hecho en bastantes ocasiones y que lleva a considerar que adolecen en esas tantas ocasiones de lo que debe ser su sustancia principal.

Entre lo último se encuentra lo relacionado con el conocido como caso Bateragune, en el que estaban implicados Arnaldo Otegi y otros dirigentes de la izquierda abertzale, que llevaban detenidos desde 2009 bajo la acusación de pertenencia a banda armada. Dos años después la Audiencia Nacional los condenó a varios años de cárcel, lo que fue ratificado en 2012 por el Tribunal Supremo y en 2014 por el Tribunal Constitucional, que rechazó los recursos de amparo presentados por quienes habían sido condenados. Fue en 2018 cuando una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó que el juicio no había sido justo, lo que anuló de pleno el procedimiento.

Pues buen bien, anteayer la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido que el juicio vuelva a repetirse, atendiendo a una petición hecha desde una asociación vinculada a Vox. Previamente, la propia Audiencia Nacional lo había rechazado, por considerar que no tenía "cobertura legal". El debate jurídico que se ha abierto es, pues, muy importante y ha puesto de nuevo en el candelero a las instituciones de la Justicia española, haciendo que el asunto se torne, cuando menos, grave.

Hace dos días José Antonio Martín Pallín, que llegó a ser magistrado del alto tribunal, declaró en Radio Euskadi: "No entiendo nada", añadiendo que "va en contra del principio de seguridad jurídica de la Constitución". Y esta mañana, leyendo en elDiario.es el artículo "Vicio insubsanable", escrito por Javier Pérez Royo, me ratifico en la idea previa que tenía. En un pasaje del mismo aparece esto:

"Tras la sentencia del TEDH, la AN, el TS y el TC no pueden decidir unilateralmente volver a pronunciarse sobre la conducta de Arnaldo Otegi en el caso Bateragune. Porque lo que el TEDH no fue un error de procedimiento, sino un vicio sustantivo. El peor vicio que puede hacer acto de presencia en el ejercicio de la función jurisdiccional: la falta de imparcialidad. No hay otro tan grave como ese".

Para, casi al final, completarlo con otro párrafo, cuyo contenido también resulta lapidario: 

"Hemos sido condenados por parcialidad por nuestro ejercicio de la función jurisdiccional en un determinado asunto y decidimos unilateralmente que hemos recuperado la imparcialidad para pronunciarnos de nuevo sobre el mismo asunto. Esto es lo que han hecho, por unanimidad además, los 16 magistrados de la sala de los Penal del TS. Es una nueva manifestación de falta de imparcialidad".

Me pregunto: ¿no existe un delito que afecta a quienes imparten justicia, referido a haber tomado una decisión injusta a sabiendas de que lo es? Pues eso.