El mundo de la judicatura está en candelero. Mal asunto, pues se trata de uno de los tres poderes al uso del sistema político liberal-democrático. Parto de una idea que no he visto tenida en cuenta por la gente experta en materia jurídica: los tres poderes de un estado son políticos, de manera que igual que se dice que el parlamento y el gobierno lo son, y no así el poder judicial, lo que se está haciendo es o cometer un grave error o mentir más descarada que sibilinamente.
La diferencia entre los poderes legislativo (fundamentalmente el parlamento) y ejecutivo (gobierno), y el judicial es que los dos primeros parten de su carácter electivo, lo sea directo o indirecto, y sistema de elección aparte. El parlamento surge de la decisión de la población que votando confiere a esa institución ser la portadora de su soberanía. El gobierno, por su parte, sale del parlamento, como expresión suya. Lo normal es que represente a la mayoría, por acción o por omisión. En el primer caso, cuando la persona encargada de nombrar el gobierno tiene la mitad más uno de los votos para que sea investida; votos provenientes de su propio grupo o de otros grupos. En el segundo, cuando no teniendo esa mayoría absoluta, consigue que ninguna otra persona tenga más.
El poder judicial, sin embargo, no sale de ninguna elección. Sus miembros son profesionales de la judicatura que a lo largo de su carrera van escalando en el escalafón. En el caso español va desde simples jueces o juezas de instrucción en juzgados de distrito hasta magistrados o magistradas de diversos ámbitos, que van a su vez desde las audiencias provinciales hasta el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional (éste, para asuntos que afectan a los derechos fundamentales recogidos en la Constitución), pasando por los tribunales superiores de las comunidades o la Audiencia Nacional.
El caso es que quienes ocupan esos puestos en la judicatura son también agentes políticos del sistema, porque tienen que decidir sobre asuntos políticos, al afectar a situaciones y personas de la res publica, de la polis, de la sociedad... Y eso es política.
En España, además, hay ámbitos de la judicatura que tienen una vinculación política directa con los otros poderes: el Consejo General del Poder Judicial o el Tribunal Constitucional, nombrado desde las Cortes, y el Tribunal Supremo, nombrado por Consejo General del Poder Judicial. El poder judicial, pues, es político en sí mismo y en todos sus niveles sin excepción, además de estar condicionado (mal llamado politizado) desde los otros dos poderes.
Hechas estas aclaraciones, dejo para otro día las razones que llevaron a hacerla.